<p>MiFID II entra en vigor el 3 de Enero de 2018 en España y obliga a las compañías del entorno Financiero (Bancos, Entidades de Crédito, Seguros, Asesorías Financieras, Agentes directos e indirectos, etc.) a grabar las conversaciones con sus clientes.</p>

<p><strong>¿Qué Conversaciones deben Grabarse?</strong></p>

<p>La normativa es amplia e implica todas aquellas conversaciones donde se realice o pueda realizarse la contratación de un producto o servicio financiero. Es decir, habrá que grabar prácticamente todas las conversaciones.</p>

<p><strong>¿Durante cuánto tiempo deben mantenerse las Grabaciones?</strong></p>

<p>Este es uno de los puntos más críticos. La normativa exige mantener las grabaciones inalterables durante un periodo mínimo de 5 años pudiendo extenderse a 7 años a petición de la Autoridad Financiera competente.</p>

<p><strong>Cumplir con la Ley ¿Cuál es la Inversión?</strong></p>

<p>Son tantas las oficinas, extensiones, empleados y dispositivos que están implicados que las soluciones tradicionales no darían abasto.</p>

<p>¿Grabación Centralizada? Colapsaría la Red ¿Grabar en la PBX? Muy probablemente no soportaría la carga ¿Y la cantidad y tipos de líneas telefónicas a cubrir? Excesivamente complejo y de elevada inversión desde un punto de vista tradicional.</p>

<p><strong>Hardware y Software Especializado en Grabación</strong></p>

<p>Imagine llegar a una oficina, conectar el equipo a la Red, pinchar las líneas telefónicas y ¡listo! Ya está grabando y enviando las conversaciones a un almacenamiento centralizado o en la Nube.</p>

<p><em>Esto solo es posible gracias a una combinación de Hardware y Software específicamente diseñados para esta función. Algo que hacemos desde hace muchos años en Innoventif Ltd, una división de Ferrari electronic AG.</em></p>

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